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Profesionales sanitarios. ¿Quiénes son?

Tres profesionales sanitarios representados como héroes

Profesionales sanitarios. Toda la info que necesitas.

Se denominan profesionales sanitarios o son profesionales sanitarios  aquellas personas, profesionales del mundo de la Salut,que están en posesión de la titulación oficial.  

Dentro de la rama sanitaria podemos encontrar distintos tipos de profesionales sanitarios como por ejemplo, médicos, psicólogos, enfermeras, psicólogas, auxiliares de enfermería,etc. 

Evidentemente, e independientemente del tipo de profesional sanitario qué se es, se ha de estar en posesión de la titulación oficial que habilita para ello. Con esta titulación oficial se puede ejercer un trabajo propio o autónomo o bien por cuenta ajena es decir trabajar en el sector público o privado.

La actividad del profesional sanitario se encuentra totalmente regulada por ley se organiza a través de los denominados colegios profesionales, lo que comúnmente se denomina o conocemos como estar colegiados. 

 ¿Cuántos tipos o clases de profesionales sanitarios hay?

Vamos a clasificar los profesionales sanitarios bajo el punto de vista ver articulación que se requiere para acceder a cada una de las profesiones sanitarias. de este modo nos encontramos con dos grandes grupos.

Grupo I  profesionales sanitarios desde el acceso universitario:

    • Profesionales sanitarios diplomados:  en este sector encontraríamos a los  terapeutas ocupacionales, fisioterapeutas, podólogos, ópticos, logopedas,  profesionales de la dietética y nutrición ,Enfermeros y enfermeras  y todos aquellos que posean una titulación oficial como especialistas en ciencias de la salud.
    •  Profesionales sanitarios licenciados:  en este sector figuran todos aquellos que poseen una  licenciatura universitaria, médicos, odontólogos, veterinarios, psicólogos y especialistas en ciencias de la salud.

Grupo II  profesionales sanitarios desde el acceso de la formación profesional:

  • Profesionales sanitarios de grado medio:  en este grupo nos encontraríamos con todas  aquellas personas que poseen los títulos técnicos, por ejemplo Técnico en Farmacia, Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, etc
  •  Profesionales sanitarios de grado superior:  en este grupo es donde se encuentran aquellos que poseen títulos de Técnicos Superiores cómo, Documentación Sanitaria, Diagnóstico Clínico, Radioterapia, Anatomía Patológica, Anatomía Citologica, Salud Ambiental, etc.

¿Qué funciones realizan los profesionales sanitarios?

Hoy en día con la crisis del Covid 19  no nos cabe ninguna duda que los profesionales sanitarios están realizando una labor de talante heroico y como tal se les debe reconocer.

Las funciones que realizan los profesionales sanitarios se desarrollan en una gran cantidad de ámbitos  todos ellos tremendamente relevantes tanto para la promoción como para la preservación  de la salud.

En líneas generales los ámbitos en los que desempeñan sus funciones son los siguientes:

  • Asistencial
  • Investigador y docente
  • Información y prevención
  • Promoción y educación sanitaria
  • Gestión y administración clínica

¿Qué necesito para poder trabajar como profesional sanitario en España?

Somos conscientes de la gran cantidad de profesionales sanitarios que va a demandar el sistema en los próximos años debido  a la pandemia del coronavirus.

No cabe ninguna duda por lo tanto que la profesión sanitaria,paradójicamente con la situación actual, goza de muy buena salud,  es decir el sistema va a necesitar una gran cantidad de profesionales sanitarios.

Veamos pues los requisitos imprescindibles para poder acceder a la profesión sanitaria:

Estar en posesión del título homologado 

Requisito imprescindible es tener la titulación requerida homologada. Los trámites se pueden realizar a través de distintas webs estatales. Te dejamos los enlaces a continuación

Si se llega desde fuera de España 

Se necesitará un visado.En este sentido vamos a necesitar un par de cosas por un lado el permiso de trabajo y por otro lado el permiso de residencia. Decir que estos pasos son obligatorios ya que si no se cumplen no se va a poder trabajar en España aunque se posea la homologación del título. 

Existen un pequeño número de casos en los que no va a ser necesario la consecución de este visado aunque sí por supuesto la homologación del título y estar colegiado. Veamos algunos de estos ejemplos

  • Ciudadanos de Chile o Perú,  estos países tienen acuerdos internacionales con el Estado español y no necesitan el visado.
  •  Extranjeros que han obtenido la condición de refugiado.
  •  Extranjeros que tengan bajo su tutela o cargo a  descendientes o ascendientes españoles.
  •  Tener familia directa es decir ser hijo o nieto de un español en origen.
  •  Trabajadores empresas o grupos de empresas que habiendo o desarrollando su actividad en el extranjero la realicen para la misma empresa o grupo en el Estado español.

Estar colegiado es imprescindible

Se trata de un trámite muy sencillo una vez se posee la titulación y que posee dos características, que es imprescindible y además totalmente necesario, sin estar colegiado no se puede ejercer  en el sector sanitario.

Para los ciudadanos de fuera del país se pide normalmente:

  • Una o más fotografías en tamaño de carné.
  • Pasaporte, DNI, NIE.
  • Titulación homologada por el Ministerio de Educación y Ciencia.
  •  Certificación emitida en su propio país de origen en la que conste que no ha sido inhabilitado para el ejercicio de la medicina.
  •  Cuota de ingreso en el colegio profesional
  •  Datos de cuenta o domiciliación bancaria del mismo ingreso

¿Qué me ofrece concretamente el colegio profesional al colegiarse?

El colegio profesional nos ofrece toda una serie de ventajas y de servicios entre los cuales te vamos a citar los más importantes.

  • Defensa de los intereses de la profesión ante los poderes públicos.
  •  Código deontológico, que nos va a  servir cómo amparo de cara a nuestro ejercicio profesional y a posibles conflictos o imposiciones  tanto del sector público como en el privado.
  •  Actualización constante de las normativas y legislación que afecta a nuestra profesión y nuestro quehacer de cada día
  •  Formación en innovación en  el área específica y profesión  que hayamos elegido.
  •  Distintos servicios a todos los colegiados, entre los que podemos encontrar, seguro de responsabilidad civil, asistencia jurídica, publicaciones seguro de responsabilidad, bolsas de empleo, ofertas de trabajo, etc.

¿Por qué es obligado estar colegiado?

El motivo de la colegiación obligatoria  viene motivado por un doble beneficio, el Tribunal Constitucional así lo respaldó en su día.

Constituye una garantía de seguridad para los pacientes, todos los profesionales sanitarios habrán de ejercer su labor estando colegiados, ya sea en el sector público como en el sector privado o trabajando como autónomos.De este modo se consigue que las prácticas sanitarias se realicen con los mismos criterios en todo el territorio estatal, asegurando de esta manera  la igualdad  y seguridad de todos pacientes.

Constituye también una garantía de seguridad para los profesionales sanitarios, que de este modo y manera  van a tener claras sus líneas de actuaciones y protocolos de trabajo independientemente del territorio estatal o Comunidad Autónoma en la que se encuentre, evitando de esta manera las malas prácticas y contribuyendo a una mayor equidad  o igualdad dentro del sistema sanitario.

Ahora que ya tengo mi titulación homologada y estoy colegiad@ .¿Qué derechos tengo?

Como en todas las profesiones, y más aún tratándose del tema de la salud, al tener nuestra diplomatura o licenciatura contraemos una serie de obligaciones y  de derechos. veamos los más importantes.

Derechos de los profesionales sanitarios cuando trabajamos en centros o servicios sanitarios.

  • Para desempeñar nuestras funciones tenemos derecho a la conservación del prestigio profesional y al respeto a nuestro honor como profesionales sanitarios.
  •  Respeto a nuestra integridad moral y física así como la seguridad de la misma.
  •  A través de la normativa sobre prevención de riesgos laborales tenemos derecho a una adecuada protección de nuestra salud y de los riesgos derivados de nuestras labores diarias y nuestro trabajo.
  •  Dentro de la legalidad vigente,  es decir respetando las leyes,  tenemos derecho a nuestra autonomía científica y técnica mientras ejercemos nuestras funciones.
  •  También tenemos derecho a negarnos a prestar atención sanitaria si somos objeto de amenazas, agresiones, insultos o injurias,  siempre que ello no conlleve desatención,  es decir podemos negarnos siempre y cuando el paciente vaya a ser atendido por otra persona o otro centro.
  • Si somos objetos de algún tipo de situación conflictiva o de carácter problemático tenemos derecho a recibir apoyo profesional.
  •  Por supuesto,  tenemos derecho,  y es muy conveniente,  recibir siempre que se pueda una formación continuada y actualizada.

Y por supuesto también tengo obligaciones y deberes.

Como cualquier otro tipo de ciudadano tenemos toda la serie de obligaciones y deberes, más teniendo en cuenta la profesión a la que nos dedicamos y que siempre estamos en contacto y vamos a trabajar con personas.

  • Tenemos el deber de ofrecer siempre una atención adecuada a los pacientes y usuarios de los servicios sanitarios.
  • También se encuentra entre nuestros deberes el darles la facilidad a los pacientes de toda la información que necesiten en cada momento, también hemos de facilitarles las informaciones que se derivan de nuestras actuaciones concretas.
  •  Por supuesto tenemos el deber de aceptar y respetar las decisiones que los pacientes toman de manera voluntaria y libre.
  • La documentación clínica y los datos personales de nuestros pacientes tenemos el deber y la obligación de tenerlos debidamente custodiados y adecuadamente gestionados.
  •  En el mismo sentido tenemos el deber y la obligación de guardar el secreto de la documentación clínica de cada paciente.
  •  Tenemos el deber de actuar de acuerdo con todos los protocolos y procesos que se encuentran regulados por la ley

 

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